Artículo 12El Estado garantiza el funcionamiento de los partidos
Texto oficial
El Estado nacional garantizará el normal funcionamiento de los partidos políticos reconocidos mediante aportes destinados a las siguientes actividades:
a) desenvolvimiento institucional y capacitación y formación política;
b) campañas electorales generales.
Por desenvolvimiento institucional se entiende todo lo relacionado con la actualización, sistematización y divulgación, tanto a nivel nacional cuanto internacional, de la y principios políticos, económicos y sociales contenidos en su carta orgánica y demás documentos oficiales. También comprende lo referido a su funcionamiento político y administrativo.
Qué significa en la práctica
Declara el principio del financiamiento público: el Estado nacional garantiza el normal funcionamiento de los partidos reconocidos mediante aportes para dos destinos, el desenvolvimiento institucional (que incluye capacitación y formación política) y las campañas electorales generales. Y define qué es desenvolvimiento institucional: actualizar, sistematizar y divulgar —dentro y fuera del país— la y los principios políticos, económicos y sociales del partido, más su funcionamiento político y administrativo.