Ley 25.603

Artículo 2Venta

Texto oficial

El servicio aduanero dispondrá la venta de la mercadería una vez transcurridos treinta (30) días corridos, desde la publicación referida en el artículo anterior, cuando no se hubiese solicitado una destinación autorizada.

Qué significa en la práctica

Transcurridos treinta días desde el anuncio sin que se solicite una destinación autorizada, el servicio aduanero dispone la venta de la mercadería.

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