Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Ley de Transporte Gratuito para Personas con Discapacidad
/
Art. 4
Ley 25.635
Artículo 4
Actualización de denominaciones (II)
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Sustitúyese en los
Art. 5 — Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad
la expresión: "Ministerio de Bienestar Social de la Nación" por "Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación".
Qué significa en la práctica
Actualiza en los
Art. 5 — Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad
la denominación del ministerio competente.
← Artículo anterior
Art. 3 — Actualización de denominaciones (I)
Artículo siguiente →
Art. 5 — Actualización de denominaciones (III)
Normas relacionadas
Modifica a
Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad
→
← Ver en Ley de Transporte Gratuito para Personas con Discapacidad completa
Leyes →