Ley 25.675

Artículo 7Competencia judicial

Texto oficial

La aplicación de esta ley corresponde a los tribunales ordinarios según corresponda por el territorio, la materia, o las personas. En los casos que el acto, omisión o situación generada provoque efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la será federal.

Qué significa en la práctica

En general entienden los tribunales ordinarios (provinciales); pero si el daño afecta recursos que cruzan más de una (ríos, etc.), la es federal.

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