Ley 25.725

Artículo 93Excedentes de Salto Grande a Entre Ríos, Corrientes y Misiones

Texto oficial

Establécese que el remanente al 31 de diciembre de 2002 originado en los excedentes del Aprovechamiento Hidroeléctrico Salto Grande será transferido a las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones. Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para cumplir con lo especificado en el primer párrafo del presente artículo.

Qué significa en la práctica

El remanente al 31 de diciembre de 2002 de los excedentes del Aprovechamiento Hidroeléctrico de Salto Grande se transfiere a las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones. El Decreto 55/2003 observó el último párrafo, que facultaba al Jefe de Gabinete a hacer las adecuaciones presupuestarias necesarias para cumplirlo.

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