Ley 25.725

Artículo 95Artículos que se incorporan a la Ley 11.672 (permanentes)

Texto oficial

Incorpóranse a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (T.O. 1999) el Art. 10 — Ley de Presupuesto 2002 y el segundo párrafo del artículo 9° y los artículos: 27; 30; 50; 56; 84 y 91 de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Incorpora a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Complementaria Permanente de Presupuesto el Art. 10 — Ley de Presupuesto 2002 y el segundo párrafo del artículo 9º y los artículos 27, 30, 50, 56, 84 y 91 de esta ley. Lo que entra en la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto deja de ser anual y rige de forma permanente.

Normas relacionadas

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