Ley 25.738

Artículo 4Autoridad de aplicación

Texto oficial

El Banco Central de la República Argentina, a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, será la de la presente ley, quedando facultado para dictar las normas interpretativas y de aplicación que resulten necesarias.

Qué significa en la práctica

Designa al Banco Central, a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, como el organismo encargado de aplicar la ley, con facultad para dictar las normas interpretativas y de aplicación que sean necesarias.

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