Ley 25.743

Artículo 11Denuncia de yacimientos

Texto oficial

Los dueños de los predios en que se encuentren yacimientos arqueológicos o paleontológicos, así como toda persona que los ubicare, deberá denunciarlos ante el organismo competente a los efectos de su inscripción en el registro correspondiente.

Qué significa en la práctica

Los dueños de predios y quienes hallen yacimientos deben denunciarlos para su inscripción en el registro.

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