Otorgada una concesión a un particular o institución no se concederá ninguna otra dentro del sector acotado, salvo que el concesionario permita que otra investigación se lleve a cabo simultáneamente. La autorizará la realización de trabajos interdisciplinarios y conjuntos y podrá fijar excepciones en la reglamentación.
Qué significa en la práctica
Otorgada una concesión no se concede otra en el mismo sector, salvo trabajos simultáneos autorizados.