Ley 25.743

Artículo 27Plazo y duración

Texto oficial

El organismo competente tendrá un término de treinta (30) días corridos para expedirse sobre la solicitud de concesión. Las concesiones serán otorgadas por el término máximo de tres (3) años. Pasado ese lapso se deberá solicitar una nueva concesión. En caso de expedirse el organismo competente en forma negativa, el interesado podrá recurrir en ante el organismo administrativo jerárquico superior, cuya resolución será obligatoria.

Qué significa en la práctica

El organismo se expide en 30 días; las concesiones duran hasta tres años; la negativa es apelable.

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