Cuando los vestigios arqueológicos o paleontológicos se encuentren en terrenos de propiedad privada, la autoridad competente acordará con sus propietarios lo necesario para facilitar el estudio y/o preservación del yacimiento.
Qué significa en la práctica
Ante vestigios en terrenos privados, la autoridad acuerda con el propietario lo necesario para su estudio y preservación.