Será reprimido de un (1) mes a un (1) año de prisión o de reclusión y con inhabilitación especial de hasta tres (3) años, el que realizare por sí u ordenare realizar a terceros tareas de prospección, remoción o excavación en yacimientos arqueológicos y paleontológicos.
Qué significa en la práctica
Excavar sin concesión se reprime con prisión de un mes a un año e inhabilitación.