Ley 25.757

Artículo 8Imputación del gasto

Texto oficial

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados al presupuesto del Congreso de la Nación.

Qué significa en la práctica

Todos los gastos que genere la ley se imputan al presupuesto del Congreso de la Nación. No se pide una partida extra al Poder Ejecutivo.

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