Texto oficial
Se garantiza al personal de la Universidad Nacional de La Rioja que, a la fecha de promulgación de la presente ley, cumpla funciones de cualquier índole en los organismos mencionados en el artículo 4º, el mantenimiento de su situación de revista, con igual jerarquía, antigüedad, haberes y demás beneficios sociales, en la Universidad Nacional de Chilecito.