Ley 25.819

Artículo 7Campaña de difusión

Texto oficial

Las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adoptarán las medidas necesarias a fin de llevar a cabo una campaña de amplia difusión de los alcances de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Obliga a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a difundir ampliamente el régimen. Un plazo de un año no sirve de nada si las familias destinatarias no se enteran de que existe.

Normas relacionadas

← Ver en Inscripción tardía de nacimientos de menores de hasta 10 años completaLeyes