Ley 25.827

Artículo 25Refuerzo a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo

Texto oficial

El señor Jefe de Gabinete de Ministros en uso de las facultades del artículo 13 y en oportunidad de proceder a la distribución de los créditos de la presente ley, destinará la suma de UN MILLON SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 1.600.000) a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que será compensada con una rebaja por igual monto de la partida presupuestaria aplicaciones financieras del citado organismo.

Qué significa en la práctica

El Jefe de Gabinete destinara $ 1.600.000 a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, compensados con una rebaja por igual monto de la partida de aplicaciones financieras del mismo organismo. Es un movimiento interno: el organismo deja de amortizar para gastar.

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