Ley 25.827

Artículo 32Convalidacion de registraciones del Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial

Texto oficial

Convalídase la registración extrapresupuestaria, incluida en la Cuenta de Inversión del ejercicio 2002, correspondiente a los préstamos con destino al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial efectuados en el marco del Programa de Financiamiento Ordenado de las Finanzas Provinciales, creado por el decreto 2.263 del 8 de noviembre de 2002.

Qué significa en la práctica

Convalida la registracion extrapresupuestaria incluida en la Cuenta de Inversion del ejercicio 2002 correspondiente a los prestamos con destino al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial efectuados en el marco del Programa de Financiamiento Ordenado creado por el Decreto 2263/2002. El Congreso convalida a posteriori un movimiento que se hizo fuera del presupuesto.

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