Ley 25.827

Artículo 94Refuerzos a las Fuerzas Armadas (articulo observado)

Texto oficial

Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros, para que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 de la presente ley, incremente en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES ($ 16.000.000) el monto asignado al Estado Mayor General del Ejército, para ser destinado a atender necesidades del Comando Logístico de Materiales; en la suma de PESOS TRECE MILLONES ($ 13.000.000) para ser asignados al Estado Mayor General de la Fuerza Aérea - Programa 17 Transporte Aéreo de Fomento, para atender a las necesidades presupuestarias de la empresa Líneas Aéreas del Estado y para requerimientos operativos de la fuerza y en la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000) al Estado Mayor de la Armada para atender necesidades operativas de la misma.

Qué significa en la práctica

El texto sancionado facultaba al Jefe de Gabinete a incrementar $ 16.000.000 para el Estado Mayor General del Ejercito (necesidades del Comando Logistico de Materiales), $ 13.000.000 para el Estado Mayor General de la Fuerza Aerea (Programa 17 Transporte Aereo de Fomento, para Lineas Aereas del Estado y requerimientos operativos) y $ 14.000.000 para el Estado Mayor de la Armada. ATENCION: el Decreto 1290/2003 OBSERVO el articulo entero: no rigio.

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