Ley 25.845

Artículo 2Ratificación de la vigencia del Decreto 2817/91 y restitución de funciones

Texto oficial

Ratifícase por medio de la presente la vigencia del Decreto 2817/91, retomando en consecuencia el Instituto Nacional de Semillas (INASE) las funciones, misiones y estructuras normadas por la Ley de Semillas, el Decreto 2183/91 y la Decisión Administrativa N° 489/96.

Qué significa en la práctica

El Congreso ratifica por ley la vigencia del Decreto 2817/91, que es la norma de creación del INASE. Como consecuencia, el instituto retoma las misiones, funciones y estructuras que le asignan la Ley de Semillas de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, el Decreto 2183/91 y la Decisión Administrativa 489/96: fiscalización de la producción y el comercio de semillas, registros de variedades y de la propiedad de cultivares, y control de calidad e identidad.

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