Artículo 3Nueva composición del Directorio del INASE
Texto oficial
Sustitúyase el artículo 5° del Decreto 2817/91, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 5°. La administración y dirección del Instituto Nacional de Semillas (INASE) estará a cargo de un Directorio integrado por un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente y ocho (8) Directores. El Poder Ejecutivo nacional designará al Presidente del Directorio a propuesta del Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación. El cargo será rentado y su será determinada por el Poder Ejecutivo nacional.Los miembros restantes ejercerán sus funciones "ad-honorem". El Poder Ejecutivo nacional designará también a los restantes miembros del Directorio, a propuesta de los sectores que representan a saber:
a) Uno (1) al Consejo Federal Agropecuario (CFA), elegido entre los miembros del Consejo Federal de Semillas (CFS), será quien ejerza la vicepresidencia y reemplace al Presidente en casos de ausencia temporaria o impedimento;
b) Uno (1) representante por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación;
c) Uno (1) será elegido de una terna presentada por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA);
d) Uno (1) a los semilleros;
e) Uno (1) a los obtentores;
f) Uno (1) a los viveristas;
g) Uno (1) al comercio de semillas;
h) Dos (2) a los usuarios, a propuesta de las respectivas entidades y en forma rotativa entre éstas. Los miembros del Directorio ejercerán sus funciones por dos (2) años, pudiendo ser redesignados. En caso de empate, el presidente del Directorio tendrá doble voto.
Qué significa en la práctica
Reescribe el artículo 5 del Decreto 2817/91. El Directorio pasa a estar integrado por un Presidente, un Vicepresidente y ocho directores. El Presidente lo designa el Poder Ejecutivo a propuesta de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos y es el único cargo rentado; los demás son ad honorem. El Vicepresidente sale del Consejo Federal Agropecuario, elegido entre los miembros del Consejo Federal de Semillas, y reemplaza al Presidente en caso de ausencia. Los ocho directores representan a la Secretaría de Agricultura, al INTA (por terna), a los semilleros, a los obtentores, a los viveristas, al comercio de semillas y a los usuarios (dos, en forma rotativa entre sus entidades). El dura dos años, es renovable, y el Presidente tiene doble voto en caso de empate.