Artículo 4Financiamiento: reasignación de partidas presupuestarias
Texto oficial
El señor Jefe de Gabinete de Ministros deberá, en uso de las facultades conferidas mediante el Art. 16 — Ley 25.725 - Presupuesto 2003 reasignar las partidas presupuestarias necesarias para su adecuado funcionamiento durante el ejercicio en curso. Los presupuestos de los años siguientes deberán contemplar las partidas específicas.
Qué significa en la práctica
Ordena al Jefe de Gabinete de Ministros usar la facultad del Art. 16 — Ley 25.725 - Presupuesto 2003 (Presupuesto 2003) para reasignar las partidas necesarias y que el INASE pueda funcionar durante el ejercicio en curso. Para los años siguientes exige que la ley de presupuesto contemple partidas específicas para el organismo.