Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Ley de la Corporación Vitivinícola Argentina
/
Art. 11
Ley 25.849
Artículo 11
Remanente no utilizado
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Si hubiera remanente no utilizado luego de cerrado el ejercicio anual, el mismo integrará automáticamente el presupuesto del año siguiente.
Qué significa en la práctica
Si al cerrar el ejercicio anual quedó dinero sin gastar, no se devuelve ni se pierde: se incorpora automáticamente al presupuesto del año siguiente.
← Artículo anterior
Art. 10 — Recursos: contribuciones obligatorias y otros aportes
Artículo siguiente →
Art. 12 — Exención impositiva de los recursos
Normas relacionadas
Complementa a
Ley General de Vinos (Vitivinicultura)
→
Relacionada con
Ley de Procedimiento Tributario
→
← Ver en Ley de la Corporación Vitivinícola Argentina completa
Leyes →