Ley 25.855

Artículo 8Contenido del Acuerdo Básico Común

Texto oficial

Los términos de adhesión del Acuerdo Básico Común del Voluntario Social deberán establecerse por escrito en forma previa al inicio de las actividades entre la organización y el voluntario y contendrán los siguientes requisitos: a) Datos identificatorios de la organización; b) Nombre, estado, civil, documento de identidad y domicilio del voluntario; c) Los derechos y deberes que corresponden a ambas partes; d) Actividades que realizará el voluntario y tiempo de dedicación al que se compromete; e) Fechas de inicio y finalización de las actividades y causas y formas de desvinculación por ambas partes debidamente notificados; f) Firma del voluntario y del responsable de la organización dando, su mutua conformidad a la incorporación y a los principios y objetivos que guían la actividad; g) El acuerdo se instrumentará en dos ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, uno de los cuales se le otorgará al voluntario.

Qué significa en la práctica

Antes de empezar hay que firmar un acuerdo escrito entre la organización y el voluntario. Debe contener los datos de ambos, los derechos y deberes de cada parte, las tareas y el tiempo de dedicación comprometido, las fechas de inicio y finalización, y cómo se puede terminar la relación. Se firma en dos ejemplares y uno queda para el voluntario.

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