Ley 25.856

Artículo 3Invitación a provincias y municipios

Texto oficial

Se invita a los gobiernos provinciales y municipales a adoptar igual criterio al establecido en los artículos anteriores a los efectos de la extensión de los beneficios que se establezcan para las actividades industriales a las actividades productoras de software.

Qué significa en la práctica

Se invita a las provincias y municipios a aplicar el mismo criterio con sus propios beneficios industriales. Como es una invitación, cada decide: de ahí que el tratamiento del software en Ingresos Brutos varíe según la provincia.

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