Ley 25.856

Artículo 2Instrucción al Poder Ejecutivo

Texto oficial

Se instruye al Poder Ejecutivo para que en las políticas de promoción productiva vigentes o a regir en el futuro se considere el diseño, el desarrollo y la elaboración de software como una actividad productiva de transformación pasible de ser promocionada.

Qué significa en la práctica

En toda política de promoción productiva, actual o futura, el Poder Ejecutivo debe tratar al diseño, desarrollo y elaboración de software como una actividad de transformación que puede ser promocionada. Es un permanente, no un beneficio puntual.

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