Ley 25.859

Artículo 1Derechos exclusivos que confiere la patente (artículo 8)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 8 — Ley de Patentes y su modificatoria (t.o. 1996) por el siguiente: Artículo 8° — El derecho a la patente pertenecerá al inventor o sus causahabientes quienes tendrán derecho de cederlo o transferirlo por cualquier medio lícito y concertar contratos de licencia. La patente conferirá a su titular los siguientes derechos exclusivos, sin perjuicio de lo normado en los artículos 36 y 99 de la presente ley: a) Cuando la materia de la patente sea un producto, el de impedir que terceros, sin su consentimiento, realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, venta o importación del producto objeto de la patente; b) Cuando la materia de la patente sea un procedimiento, el titular de una patente de procedimiento tendrá derecho de impedir que terceros, sin su consentimiento, realicen el acto de utilización del procedimiento y los actos de: uso, oferta para la venta, venta o importación para estos fines del producto obtenido directamente por medio de dicho procedimiento.

Qué significa en la práctica

Define qué puede hacer y qué puede impedir el titular de una patente. El derecho pertenece al inventor o a sus causahabientes, que pueden cederlo, transferirlo por cualquier medio lícito y otorgar licencias. Si la patente recae sobre un producto, el titular puede impedir que terceros lo fabriquen, lo usen, lo ofrezcan en venta, lo vendan o lo importen sin su consentimiento. Si recae sobre un procedimiento, puede impedir que se use ese procedimiento y también que se use, ofrezca, venda o importe el producto obtenido directamente con él. Todo esto sin perjuicio de las excepciones de los artículos 36 y 99 de la ley (usos experimentales, agotamiento del derecho y licencias obligatorias, entre otros).

Ejemplo práctico

Una empresa patenta un procedimiento para sintetizar un principio activo. Otro laboratorio importa desde Asia el mismo principio activo fabricado con ese método. Aunque la importadora no usó el procedimiento en el país, el titular puede impedir la importación y la venta del producto obtenido directamente con su procedimiento patentado.

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