Ley 25.871

Artículo 24Residente transitorio

Texto oficial

Los extranjeros que ingresen al país como "residentes transitorios" podrán ser admitidos en algunas de las siguientes subcategorías: a) Turistas; b) Pasajeros en tránsito; c) Tránsito vecinal fronterizo; d) Tripulantes del transporte internacional; e) Trabajadores migrantes estacionales; f) Académicos; g) Tratamiento Médico; h) Especiales: Extranjeros que invoquen razones que justifiquen a juicio de la Dirección Nacional de Migraciones un tratamiento especial.

Qué significa en la práctica

Define al residente transitorio y enumera sus subcategorías.

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