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Ley 25.875 (Procuración Penitenciaria de la Nación)
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Art. 8
Ley 25.875
Artículo 8
Actividad durante el receso del Congreso
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Texto oficial
Actividad. La actividad de la Procuración Penitenciaria no se interrumpe en el período de receso del H. Congreso de la Nación.
Qué significa en la práctica
La Procuración sigue trabajando aunque el Congreso esté en receso: las condiciones de detención no se suspenden en verano.
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Normas relacionadas
Complementa a
Ley de Ejecución de la Pena
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Relacionada con
Ley 26.827
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