Artículo 10Relevos de tropas en actividades prolongadas
Texto oficial
En el caso de la salida de fuerzas nacionales para la realización de las actividades previstas en esta ley, cuya extensión en el tiempo exigiese el sucesivo relevo de las mismas, la autorización concedida tendrá validez para dichos relevos hasta la finalización de las actividades, salvo que se diera el supuesto del artículo .
Qué significa en la práctica
Cuando una actividad se extiende y exige relevar sucesivamente a las tropas, la autorización original cubre esos relevos hasta que la actividad termine, salvo que el Congreso la revoque.