Ley 25.892

Artículo 2Nuevo artículo 14 del Código Penal: delitos excluidos del beneficio

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 14 — Código Penal de la Nación Argentina, por el siguiente: Artículo 14. La no se concederá a los reincidentes. Tampoco se concederá en los casos previstos en los artículos 80 inciso 7º, 124, 142 bis, anteúltimo párrafo, 165 y 170, anteúltimo párrafo.

Qué significa en la práctica

Reescribe el Art. 14 — Código Penal de la Nación Argentina, que enumera quiénes no pueden acceder a la . Además de los reincidentes —que ya estaban excluidos—, la ley agregó a los condenados por cinco delitos: homicidio cometido para preparar, facilitar u ocultar otro (artículo 80 inciso 7), abuso sexual del que resulta la muerte de la víctima (artículo 124), secuestro coactivo con resultado de muerte (artículo 142 bis, anteúltimo párrafo), homicidio en ocasión de robo (artículo 165) y secuestro extorsivo con resultado de muerte (artículo 170, anteúltimo párrafo). Para esas personas la dejó de existir como posibilidad: deben cumplir la pena completa dentro del establecimiento.

Ejemplo práctico

Una persona condenada por homicidio en ocasión de robo (artículo 165 del Código Penal) quedó, a partir de esta ley, fuera de la libertad condicional: cumple la pena completa en el establecimiento, sin importar su conducta ni los informes técnicos.

Normas relacionadas

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