Ley 25.919

Artículo 1Prórroga del FONID por cinco años desde enero de 2004

Texto oficial

Prorrógase la vigencia del Fondo Nacional de Incentivo Docente, creado por la Ley del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), por el término de 5 (CINCO) años a partir del 1º de enero de 2004 o hasta la aprobación de una Ley de Financiamiento Educativo Integral.

Qué significa en la práctica

El Fondo Nacional de Incentivo Docente, que la Ley del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) había creado con vigencia limitada, se extiende cinco años más contados desde el 1º de enero de 2004. La prórroga tiene una válvula de salida: si antes de ese plazo el Congreso aprueba una Ley de Financiamiento Educativo Integral, esa ley toma el lugar del Fondo. Eso fue lo que terminó pasando en diciembre de 2005 con la Ley de Financiamiento Educativo.

Normas relacionadas

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