Volver al listado

Ley 25.942

VigenteNacional

Incorporación de un representante de la Confederación Argentina de Deportes a la Comisión Nacional Antidoping

Sanción:6 de octubre de 2004Promulgación:27 de octubre de 2004BO:28 de octubre de 2004Ver fuente oficial
2artículos
dopajedeporte federadoComisión Nacional Antidopingintegración de organismos
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos con un único efecto: sumar una silla a la Comisión Nacional Antidoping, el órgano creado por la Ley Antidóping de 1997 para conducir la lucha contra el dopaje en el deporte argentino. El nuevo integrante es un representante de la Confederación Argentina de Deportes, la entidad que nuclea a las federaciones deportivas nacionales. La reforma responde a un criterio de representación: quienes conocen desde adentro la organización del deporte federado participan del organismo que define las políticas antidopaje, los controles y las sanciones.

Objetivo

Dar voz a la Confederación Argentina de Deportes dentro de la Comisión Nacional Antidoping.

Problema que resuelve

La Comisión Nacional Antidoping se integraba sin representación del deporte federado organizado, lo que dejaba fuera de sus deliberaciones a la entidad que agrupa a las federaciones deportivas nacionales y que aplica en la práctica las políticas antidopaje.

A quiénes alcanza

deportistas federadosConfederación Argentina de Deportesfederaciones deportivas nacionalesComisión Nacional AntidopingSecretaría de Deporte
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Comisión Nacional Antidoping debe integrarse, además de con los miembros ya previstos en el Art. 4 — Ley Antidóping de 1997, con un representante de la Confederación Argentina de Deportes

Derechos que reconoce

  • La Confederación Argentina de Deportes tiene derecho a designar un representante con asiento en la Comisión Nacional Antidoping
  • Los deportistas federados quedan representados de manera indirecta, a través de su entidad de segundo grado, en el organismo que define la política antidopaje

Casos de uso

  • La Confederación Argentina de Deportes debe designar a su representante ante la Comisión Nacional Antidoping
  • Una federación deportiva consulta quiénes integran la Comisión que resuelve sobre controles antidopaje
  • Un investigador reconstruye la evolución del organismo antidopaje argentino antes de la Ley Antidopaje

Preguntas frecuentes

Solo la integración de la Comisión Nacional Antidoping: agrega como último párrafo del Art. 4 — Ley Antidóping de 1997 un integrante más, el representante de la Confederación Argentina de Deportes.