Ley 25.986

Artículo 40Efecto suspensivo

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 1058 — Código Aduanero y sus modificatorias (Código Aduanero), por el siguiente: Artículo 1058.- La interposición de la impugnación del acto previsto en el inciso a) del artículo 1053 tendrá efecto suspensivo.

Qué significa en la práctica

Sustituye el artículo 1058: la impugnación del acto del inciso a) del artículo 1053 tiene efecto suspensivo.

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