Ley 25.997

Artículo 41Infracciones y sanciones

Texto oficial

Infracciones y sanciones. En el ejercicio de sus funciones de contralor, la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación podrá aplicar por infracción y/o inobservancia a la presente ley y a los reglamentos que se dicten en consecuencia, multas de hasta pesos CIEN MIL ($ 100.000).

Qué significa en la práctica

La Secretaría de Turismo puede aplicar multas de hasta cien mil pesos por infracción a la ley y sus reglamentos.

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