Artículo 1Declaración de emergencia y catástrofe por 180 días
Texto oficial
Declárase zona de emergencia y en situación de catástrofe, durante el término de CIENTO OCHENTA (180) días a la provincia de Catamarca, y zonas afectadas a determinar, conforme lo establezca el Instituto Nacional de Prevención Sísmica dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en razón del movimiento sísmico acaecido el día siete de septiembre del año 2004.
El Poder Ejecutivo nacional podrá ampliar dicho plazo, de acuerdo a la gravedad de la situación originada por el sismo y por las réplicas que se suceden y que amplían los daños materiales, y por la duración del estado de emergencia o catástrofe.
Qué significa en la práctica
Declara a Catamarca zona de emergencia y en situación de catástrofe por 180 días, por el sismo del 7 de septiembre de 2004. Las zonas concretas alcanzadas no las fija la ley: las determina el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES). El segundo párrafo permite al Poder Ejecutivo ampliar el plazo si las réplicas siguen agravando los daños.
Efectos prácticos
•Delimita la emergencia en el tiempo (180 días) y en el territorio (lo que fije el INPRES).
•Habilita al Ejecutivo a prorrogar por las réplicas.