Prohíbese al Estado nacional efectuar cualquier tipo de transacción judicial, extrajudicial o privada, respecto de los bonos a que refiere el artículo 1º de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Le prohíbe al Estado nacional hacer cualquier transacción (acuerdo) judicial, extrajudicial o privada sobre los bonos no ingresados. Impide negociar arreglos individuales con los holdouts. Como el Art. 2, quedó suspendido por las Leyes 26.547 y 26.886.
Ejemplo práctico
El Estado no podía firmar un acuerdo con un fondo tenedor de bonos en default para pagarle una suma y cerrar el juicio: la prohibición de transar de este artículo lo impedía, hasta que quedó suspendido y luego derogado.
Efectos prácticos
•Prohíbe toda transacción judicial, extrajudicial o privada sobre los bonos no ingresados.
•Fue suspendido por las Leyes 26.547 y 26.886 y derogado por la 27.249.