Ley 26.017

Artículo 4Retiro de los bonos de cotización

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional deberá, dentro del marco de las condiciones de emisión de los respectivos bonos, y de las normas aplicables en las jurisdicciones correspondientes, dictar los actos administrativos pertinentes y cumplimentar las gestiones necesarias para retirar de cotización en todas las bolsas y mercados de valores, nacionales o extranjeros, los bonos a que se refiere el artículo anterior.

Qué significa en la práctica

Ordena al Poder Ejecutivo hacer las gestiones y dictar los actos para sacar esos bonos de todas las bolsas y mercados, argentinos y extranjeros, dentro de lo que permitan las condiciones de emisión de cada bono y las normas de cada plaza. Es una medida de presión adicional: un bono que no cotiza pierde liquidez. También quedó suspendido por las Leyes 26.547 y 26.886.

Efectos prácticos

  • Manda retirar los bonos no ingresados de todas las bolsas y mercados.
  • Fue suspendido por las Leyes 26.547 y 26.886 y derogado por la 27.249.

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