Ley 26.020

Artículo 23Distribución de GLP

Texto oficial

De la distribución. La distribución de GLP deberá efectuarse de acuerdo con las previsiones contenidas en la presente ley, su reglamentación y la normativa vigente o que al efecto se dicte, con excepción de lo dispuesto en el último párrafo del Art. 12 — Marco Regulatorio del Gas.

Qué significa en la práctica

La distribución se hace según esta ley y su reglamentación, salvo lo dispuesto en el último párrafo del Art. 12 — Marco Regulatorio del Gas. Encuadra la actividad de quien lleva la garrafa hasta el punto de venta o el usuario.

Normas relacionadas

← Ver en Ley del GLP (garrafas) completaLeyes