Artículo 29Procedimiento operativo del acceso abierto
Texto oficial
Procedimiento operativo del acceso abierto a terceros. La , en un plazo no mayor de SESENTA (60) días dictará las normas de procedimiento operativo del acceso abierto a terceros.
Qué significa en la práctica
La autoridad debe dictar, en un plazo máximo de 60 días, las normas de procedimiento operativo del acceso abierto a terceros. Es el plazo para poner en marcha el mecanismo del Art. 28.