La alícuota del impuesto será del VEINTE CON VEINTE CENTESIMOS POR CIENTO (20,20 %).
Qué significa en la práctica
Fija la alícuota del impuesto en el 20,20% (veinte con veinte centésimos por ciento).
Ejemplo práctico
Sobre una base imponible de 100 pesos por unidad de gasoil, el impuesto de esta ley es de 20,20 pesos, que se discrimina en la factura y se destina en su totalidad al fideicomiso vial y ferroviario.