Ley 26.028

Artículo 5Alícuota: 20,20%

Texto oficial

La alícuota del impuesto será del VEINTE CON VEINTE CENTESIMOS POR CIENTO (20,20 %).

Qué significa en la práctica

Fija la alícuota del impuesto en el 20,20% (veinte con veinte centésimos por ciento).

Ejemplo práctico

Sobre una base imponible de 100 pesos por unidad de gasoil, el impuesto de esta ley es de 20,20 pesos, que se discrimina en la factura y se destina en su totalidad al fideicomiso vial y ferroviario.

Efectos prácticos

  • Fija la alicuota del impuesto en 20,20%.

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