Ley 26.053
Una cooperativa electrica de una localidad del interior quiere operar una radio FM. Con la redaccion anterior del articulo 45 no podia, porque era una prestadora de servicio publico. Con esta reforma puede solicitar la licencia, siempre que lleve contabilidad y facturacion separadas de la radio, no use fondos del servicio electrico para subsidiarla y no les niegue a otras radios el uso de sus postes o ductos en condiciones de mercado.