Ley 26.066

Artículo 13Campaña permanente de promoción de la donación (art. 62)

Texto oficial

Sustitúyese en la Ley de Trasplantes (1993), el texto del artículo 62 por el siguiente: Artículo 62: El Poder Ejecutivo nacional deberá llevar a cabo en forma permanente, a través del Ministerio de Salud y Ambiente y si así este último lo dispusiere por medio del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), una intensa campaña señalando el carácter voluntario, altruista, desinteresado y solidario de la de órganos y tejidos a efectos de informar a la población el alcance del régimen que por la presente ley se instaura. Autorízase al Ministerio de Salud y Ambiente a celebrar convenios con otras entidades u organismos públicos o privados, nacionales o internacionales para el mejor cumplimiento de este objetivo.

Qué significa en la práctica

Obliga al Estado, a través del Ministerio de Salud y del INCUCAI, a realizar de manera permanente una campaña que destaque el carácter voluntario, altruista y solidario de la de órganos, para informar a la población sobre el régimen de la ley.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Donante Presunto (2005) completaLeyes