Artículo 14Cobertura de medicamentos para trasplantados sin recursos
Texto oficial
El Ministerio de Salud y Ambiente deberá asegurar la provisión de los medicamentos y procedimientos terapéuticos necesarios que surjan como consecuencia de los transplantes realizados en personas sin cobertura y carentes de recursos, conforme lo establezca la reglamentación de la ley.
Qué significa en la práctica
El Ministerio de Salud debe garantizar los medicamentos y tratamientos que necesiten las personas trasplantadas que no tienen obra social ni prepaga y carecen de recursos económicos. Es una garantía de continuidad del tratamiento después del trasplante.
Ejemplo práctico
Una persona trasplantada de riñón que no tiene obra social ni recursos recibe del Estado, sin costo, los medicamentos inmunosupresores que debe tomar para que su cuerpo no rechace el órgano.