Artículo 2Prórroga del impuesto al cheque (créditos y débitos bancarios) hasta 2006
Texto oficial
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006, inclusive, la vigencia de los Art. 1 — Impuesto al Cheque y sus modificaciones.
TITULO III
Impuesto al valor agregado
Qué significa en la práctica
Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2006 la vigencia de los Art. 1 — Impuesto al Cheque, que crearon el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias, conocido como "impuesto al cheque".