Ley 26.078

Artículo 5Distribución de los créditos por el Jefe de Gabinete

Texto oficial

El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a través de decisión administrativa, distribuirá los créditos de la presente ley a nivel de las partidas limitativas que se establezcan en la citada decisión y en las aperturas programáticas o categorías equivalentes que estime pertinentes.

Qué significa en la práctica

El Jefe de Gabinete distribuye por decisión administrativa los créditos de la ley entre las partidas y programas.

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