Artículo 24Disposición transitoria tercera: plazo de tres años
Texto oficial
Disposición transitoria
tercera: El plazo de tres años para el tratamiento de los pedidos de
sanciones disciplinarias y remociones de magistrados, se aplicará a las
denuncias presentadas a partir de la entrada en vigencia de esta ley.
Qué significa en la práctica
El plazo de tres años para tratar los pedidos de sanciones disciplinarias y remociones se aplica a las denuncias presentadas a partir de la entrada en vigencia de la ley.