Artículo 9Momento de aplicación y exención de pequeños usuarios
Texto oficial
Los cargos específicos serán aplicables una vez definido el proyecto o iniciada la construcción de las obras asociadas al mismo o en su caso, desde el momento en que el o los beneficiarios de aquéllas puedan disponer del uso y goce de las mismas.
El Poder Ejecutivo nacional podrá exceptuar a las categorías de pequeños usuarios que determine, del pago de los cargos específicos para el desarrollo de obras de infraestructura energética.
Qué significa en la práctica
El cargo se aplica una vez definido el proyecto o iniciada la obra. El Poder Ejecutivo puede eximir del pago a las categorías de pequeños usuarios que determine.