Modifícase el Art. 16 — Ley 18.711 de Funciones y Jurisdicciones de las Fuerzas de Seguridad, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 16: La Policía de Seguridad Aeroportuaria cumple sus funciones en aeropuertos y aeródromos del Sistema Nacional de Aeropuertos, de acuerdo a la y establecida en la Ley de Seguridad Aeroportuaria".
Qué significa en la práctica
Modifica el Art. 16 — Ley 18.711 fijando que la PSA cumple sus funciones en los aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos.