Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Protocolo Facultativo de la CEDAW
/
Art. 2
Ley 26.171
Artículo 2
Comunicación al Poder Ejecutivo
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Qué significa en la práctica
Fórmula final de cierre: la ley se comunica al Poder Ejecutivo.
← Artículo anterior
Art. 1 — Aprobación del Protocolo Facultativo de la CEDAW
Normas relacionadas
Complementa a
Convención de la Mujer (CEDAW)
→
Relacionada con
Constitución Nacional
→
← Ver en Protocolo Facultativo de la CEDAW completa
Leyes →