Artículo 38Pago en efectivo de sentencias militares y de seguridad
Texto oficial
Establécese como límite máximo la suma de NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 96.445.000) destinada al pago de sentencias judiciales por la parte que corresponda abonar en efectivo por todo concepto, como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones correspondientes a retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, incluido el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, de acuerdo con el siguiente detalle:
- INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES:
11.921.000
- CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA:
56.784.000
- SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL:
16.489.000
- GENDARMERIA NACIONAL:
7.251.000
- PREFECTURA NAVAL ARGENTINA:
4.000.000
Qué significa en la práctica
Fija en $96.445.000 el límite para pagar en efectivo sentencias por reajustes de retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, detallando el monto por cada caja.